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Cancilleria de Colombia

Misión permanente de Colombia ante la OEA

OEA

“El Consejo Permanente de la Organización depende directamente de la Asamblea General y tiene la competencia que le asignan la Carta y otros instrumentos interamericanos, así como las funciones que le encomiende la Asamblea General y la Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores”.

“Vela por el mantenimiento de las relaciones de amistad entre los Estados Miembros y, con tal fin, ayuda de una manera efectiva en la solución pacífica de sus controversias. Ejecuta aquellas decisiones de la Asamblea General o de la Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores cuyo cumplimiento no hayan sido encomendados a ninguna otra entidad. Vela por la observancia de las normas que regulan el funcionamiento de la Secretaría General, y cuando la Asamblea General no estuviere reunida, adopta las disposiciones de índole reglamentaria que habiliten a la Secretaría General para cumplir sus funciones administrativas. Actúa como Comisión Preparatoria. Prepara, a petición de los Estados Miembros, proyectos de acuerdo para promover y facilitar la colaboración entre la OEA y la ONU y otros organismos americanos. Formula recomendaciones a la Asamblea General sobre el funcionamiento de la Organización y la coordinación de sus órganos subsidiarios, organismos y comisiones. Considera los informes de los órganos, organismos y entidades del sistema interamericano y presenta a la Asamblea General las observaciones y recomendaciones que estime del caso”.
(Texto tomado de la página web de la OEA)

Enlace: http://www.oas.org/en/about/councils.asp

 

Comisión de Seguridad Hemisférica

La Comisión de Seguridad Hemisférica (CSH) es una Comisión Permanente que hace parte del Consejo Permanente de la OEA, y está encargada de estudiar y formular recomendaciones sobre los temas de seguridad hemisférica. De igual forma, promueve la cooperación en torno a los temas de seguridad hemisférica, para que de esta forma se le encomienden estos asuntos al Consejo Permanente o a la Asamblea General de la Organización.

La CSH coordina la cooperación entre los órganos, organismos, entidades y mecanismos de la Organización, relacionados con los diferentes aspectos de seguridad y defensa en el Hemisferio, respetando los mandatos y el ámbito de sus competencias, con objeto de lograr la aplicación, evaluación y seguimiento de la Declaración.

La Comisión de Seguridad Hemisférica se estableció en 1995. Actualmente, el Embajador Andrés González Díaz, Representante Permanente de Colombia, ocupa la Presidencia durante el periodo 2014-2015 y la Vicepresidencia estará a cargo del Representante Permanente de Honduras, el Embajador Leónidas Rosa Bautista.

Enlace: http://www.oas.org/csh/spanish/

 

Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos

 

Según el Reglamento del Consejo Permanente, “La Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos” tiene la función de estudiar los temas que sobre esos asuntos le encomiende el Consejo Permanente.

“Artículo 18.  La Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos considerará los informes del Comité Jurídico Interamericano, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, y la Corte Interamericana de Derechos Humanos a los que se refiere el artículo 91 (f) de la Carta. Asimismo, elevará al Consejo Permanente sus informes con observaciones y recomendaciones y los correspondientes proyectos de resolución”.

(Texto tomado del Reglamento del Consejo Permanente: http://scm.oas.org/doc_public/SPANISH/HIST_03/CP11591S08.doc)

 

MESICIC

 

El Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción (MESICIC) es un instrumento de carácter intergubernamental establecido en el marco de la OEA para apoyar a los Estados que son parte del mismo en la implementación de las disposiciones de la Convención, mediante un proceso de evaluaciones recíprocas y en condiciones de igualdad, en donde se formulan recomendaciones específicas con relación a las áreas en que existan vacíos o requieran mayores avances.

Enlace: http://www.oas.org/juridico/spanish/mesicic_intro_sp.htm

 

MECIGEP

“El Mecanismo de Cooperación Interamericana para la Gestión Pública Efectiva (MECIGEP) es un instrumento de carácter institucional que tiene por propósito facilitar el diálogo internares, el intercambio de experiencias y de estrategias de cooperación técnica que apoyen el logro de objetivos y prioridades nacionales fijadas por cada uno de los Estados Miembros de la OEA.

Objetivos Generales

  • “Fortalecer la gestión pública de los Estados miembros del Sistema Interamericano, a través de mecanismos de diálogo y cooperación técnica que apoyen el logro de los objetivos y prioridades nacionales fijadas por cada uno de los Estados participantes.

Objetivos Específicos

  • “Apoyar a los países del Hemisferio a identificar, a la luz de experiencias de otros países, experiencias exitosas, fortalezas y desafíos a superar en gestión pública.
  • “Generar oportunidades de diálogo y aprendizaje para todos los países participantes en el Mecanismo.
  • “Ayudar a los Estados participantes a identificar necesidades concretas de cooperación y asistencia técnica.
  • “Promover y facilitar la cooperación técnica–horizontal y multilateral/ para apoyar las necesidades de cada país en temas claves de gestión pública.
  • “Apoyar en la definición de marcos analíticos, herramientas y difusión de estudios en temas claves de gestión pública efectiva.”

(Texto tomado de la página web de la OEA)

Enlace: http://www.oas.org/es/sap/dgpe/innovacion/MECIGEP.asp

 

Comisión de Asuntos Administrativos y Presupuestarios

La Comisión de Asuntos Administrativos y Presupuestarios (CAAP), comisión de carácter permanente del Consejo Permanente, tiene las siguientes funciones establecidas en el artículo 19 del Reglamento del Consejo Permanente:

  1. Recomendar al Consejo Permanente los programas que, en el área de su competencia, puedan servir de base a la Secretaría General para preparar el proyecto de programa-presupuesto de la Organización conforme a lo establecido en el artículo 112 (c) de la Carta;
  2. Examinar el proyecto de programa-presupuesto que la Secretaría General le remita en consulta con el Consejo Permanente para los fines previstos en el artículo 112 (c) de la Carta, y someter al Consejo las observaciones que estime pertinentes;
  3. Estudiar las demás materias que le encomiende el Consejo relacionadas con los programas, el presupuesto, la administración y los aspectos financieros de las operaciones de la Secretaría General; y
  4. Considerar los informes de evaluación anual que el Secretario General presente al Consejo Permanente en cumplimiento de lo dispuesto en las Normas Generales para el Funcionamiento de la Secretaría General.  Sobre esta base, valorar globalmente la eficacia de los programas, proyectos y actividades de la organización y formular las recomendaciones que se estimen pertinentes y elevarlas a la consideración del Consejo Permanente para su eventual remisión a la Comisión Preparatoria, a efectos de que sean consideradas por la Asamblea General en forma conjunta con el proyecto de programa-presupuesto.

      Enlace: http://www.oas.org/consejo/sp/CAAP/default.asp